lunes, 26 de noviembre de 2007

SEGURIDAD NACIONAL Y DERECHOS HUMANOS

Así como la seguridad nacional ha trascendido las fronteras estatales, convirtiéndose en una exigencia de la comunidad internacional democrática, la efectiva vigencia de los derechos humanos constituye una de las principales obligaciones del orbe democrático. Este deber de los Estados ha sido fijado en los tratados de derechos humanos, concretamente, en el primer párrafo del artículo 2º del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como en el primer párrafo del artículo 1º de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En ambas disposiciones se estipula que los Estados Partes de esos tratados se comprometen a respetar y garantizar los derechos humanos de todas las personas dentro de sus respetivas jurisdicciones.

Esta importancia de los derechos fundamentales en las sociedades democráticas, no obstante, no implica que su ejercicio sea absoluto. En efecto, los derechos fundamentales pueden estar sometidos a restricciones o límites a su ejercicio. Tales restricciones están orientadas a la satisfacción de dos objetivos:

1. El respeto al ejercicio de los derechos fundamentales de las demás personas;
2. El respeto a bienes públicos de gran importancia social, tales como la seguridad nacional, el orden interno (orden público o seguridad ciudadana), la salud pública, la moral pública o el bien común.

Por ejemplo, no se podría aceptar el ejercicio de una religión en la cual se violen a menores de edad, ya que se estaría vulnerando la integridad personal de los niños involucrados en dicho culto, así como el orden público y la moral pública. Tampoco se podría afirmar que un ciudadano, en ejercicio de su libertad de tránsito, tiene el derecho de atravesar una propiedad privada o un cuartel militar sin autorización, ya que se estarían vulnerando los derechos a la propiedad y a la inviolabilidad de domicilio y, en el segundo caso además, eventualmente la seguridad nacional.

El respeto a los derechos de los demás y a los bienes públicos de relevancia social, como criterios orientadores del establecimiento de límites a los derechos fundamentales, han sido recogidos en los instrumentos sobre derechos humanos. De esta manera, en el artículo 29º inciso 2 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos se establece lo siguiente:

"En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respecto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática."

Una disposición similar se consagra en el artículo XXVIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre: "Alcance de los derechos del hombre.- Los derechos de cada hombre están limitados por los derechos de los demás, por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bienestar general y del desenvolvimiento democrático".

Por su parte, los tratados de derechos humanos reiteran estas restricciones en los derechos singularmente reconocidos en sus diversas disposiciones. Ello se aprecia, por ejemplo, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos al estipularse –entre otras- estas cuestiones:

1. La libertad de tránsito y de residencia podrán ser objeto de restricciones previstas en la ley y necesarias para proteger la seguridad nacional, el orden público, la salud pública, la moral pública o los derechos y libertades de terceros, y sean compatibles con los demás derechos reconocidos en el Pacto (artículo 12º tercer párrafo);
2. La prensa y el público podrán ser excluidos de la totalidad o parte de los procesos judiciales por consideraciones relativas a la moral pública, orden público o seguridad nacional en una sociedad democrática, o cuando lo exija el interés de la vida privada de las partes o, en la medida estrictamente necesaria en opinión del tribunal, cuando por circunstancias especiales del asunto la publicidad pudiera perjudicar a los intereses de la justicia (artículo 14º primer párrafo);
3. La libertad de conciencia y religión estará sujeta a restricciones legales, las mismas que deben ser necesarias para la protección de la seguridad, el orden, la salud o la moral públicas, o los derechos y libertades fundamentales de los demás (artículo 18º tercer párrafo); etc.

Similares restricciones a los derechos de las personas se plasman en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, como por ejemplo en el tercer párrafo del artículo 13º, relativo a la libertad de pensamiento y expresión. La referida disposición señala lo siguiente:

"El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades posteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para asegurar:

a. El respeto a los derechos o a la reputación de los demás, o
b. La protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas."

Como puede apreciarse, los tratados de derechos humanos fijan dos aspectos relativos al establecimiento de límites o restricciones al ejercicio de los derechos que consagran:

1. Se pueden regular límites al ejercicio de los derechos fundamentales a través de leyes, siempre y cuando tengan como finalidad la protección de los derechos fundamentales de las demás personas o de bienes públicos de relevancia social. Es decir, se debe observar un principio de legalidad.
2. Estos límites o restricciones deben ser necesarios, es decir, imprescindibles para conseguir las finalidades señaladas en el punto anterior. Ello implica que si tales finalidades pueden satisfacerse a través de medidas menos estrictas, las restricciones en cuestión no serían justificadas. Es decir, se debe observar un principio de necesidad.

Por otra parte, en el sistema constitucional peruano –como en otros ordenamientos constitucionales- también se consagra la posibilidad de restringir el ejercicio de los derechos fundamentales de las personas en atención a los dos fines ya mencionados. Por ejemplo, en atención a los bienes públicos de relevancia social (denominados "bienes constitucionales" por la doctrina constitucional), hay referencias concretas a la seguridad nacional (artículos 2º inciso 5, 70º, 72º de la Constitución de 1993), orden interno o seguridad pública (artículo 2º inciso 12, 59º, 166º), moral pública (artículo 2º inciso 3), salud pública (artículo 2º incisos 9 y 11), etc.

Por cierto, los límites al ejercicio de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución deben respetar los principios de legalidad y de necesidad consagrados en los tratados de derechos humanos. Ello en la medida que estos instrumentos internacionales constituyen una fuente de interpretación de los derechos constitucionales, conforme a lo señalado en la Cuarta Disposición Final de la Constitución de 1993.

De otro lado, en la medida que la Constitución de 1993 establece que la República del Perú es un Estado democrático de Derecho (artículos 43º y siguientes), de ello puede deducirse válidamente que toda restricción a los derechos fundamentales debe observar los principios de razonabilidad y proporcionalidad. Lo contrario implicaría otorgar un poder discrecional al Estado para configurar los límites al ejercicio de los derechos de las personas.

Mediante el principio de razonabilidad, se evalúa la idoneidad de una medida restrictiva de un derecho fundamental para garantizar el respeto a los derechos fundamentales de los demás o a los bienes constitucionales. Por ello, una restricción será razonable si es apropiada para lograr tales fines. En otras palabras, se debe establecer una relación lógica de adecuación entre el medio restrictivo y el fin que se persigue.

Por ejemplo, si la Policía Nacional tiene sospechas fundadas de que en una casa determinada se encuentra escondido un grupo de presuntos terroristas, no sería razonable (idóneo, apropiado, adecuado, lógico) iniciar el procedimiento legal de expropiación de la casa en cuestión, o establecer cualquier otra restricción menor al derecho de propiedad del dueño, para obligar a los terroristas a abandonarla y así detenerlos. Asimismo, con el objeto de tutelar la seguridad nacional, no sería razonable denegar el acceso a la información pública sobre documentos relativos a las prestaciones médicas y de salud que brinda la Marina de Guerra a sus miembros. Dicha medida restrictiva no se adecua al fin que se pretende preservar.

Por otra parte, a través del principio de proporcionalidad se verifica que las medidas restrictivas hayan sido fijadas de acuerdo con la magnitud y características de la situación concreta que amerita el establecimiento de límites a los derechos fundamentales. Es decir, tomando en consideración las circunstancias del caso concreto, se efectúa un juicio de ponderación entre los derechos fundamentales en conflicto o entre un derecho fundamental y un bien constitucional que se le contrapone.

Por ejemplo, en respuesta a los hechos de violencia suscitados en la ciudad de Arequipa como parte de la protesta ciudadana contra la privatización de empresas eléctricas públicas de la región, el Poder Ejecutivo declaró el estado de emergencia en todo el Departamento de Arequipa por un plazo de 30 días, disponiéndose que las Fuerzas Armadas asuman el control del orden interno. Aún cuando se entienda que dicha medida fue razonable y necesaria, fue absolutamente desproporcionada ya que por una situación de alteración del orden público básicamente ubicada en la ciudad de Arequipa, se declaró un estado de excepción en todo el departamento. Es decir, no hay una relación proporcional entre la magnitud de la afectación del orden público con relación a la incidencia de la media restrictiva en la población. En efecto, la restricción a los derechos fundamentales a la libertad personal, inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito y libertad de reunión, como consecuencia de la declaración del estado de emergencia, no sólo afectó a los pobladores de la ciudad de Arequipa (el lugar en el cual se efectuaron los actos de violencia) sino a los de todo el departamento, es decir, a más de 900 mil personas, aproximadamente el 3.8% de la población nacional.

Conforme a todo lo expuesto anteriormente, en el caso concreto de la seguridad nacional, podemos arribar a las siguientes conclusiones:

1. La seguridad nacional es un bien público de relevancia social (bien constitucional) que justifica el establecimiento de restricciones al ejercicio de los derechos fundamentales, de conformidad con los tratados de derechos humanos y la Constitución.
2. Para que tales restricciones sean válidas según los tratados de derechos humanos y la Constitución, deben respetar los principios de legalidad, necesidad, razonabilidad y proporcionalidad.

martes, 12 de junio de 2007

¿Qué es ser cholo, papá?


¿Qué es ser cholo, papá?

Wilfredo Ardito Vega

"¿Soy feo porque soy negro?" "¿Ser blanco me hace mejor?" Existen libros para ayudar a que los niños sean más ordenados, conozcan su sexualidad o acepten la muerte del pez dorado, pero el padre o la madre desconcertados ante las mencionadas preguntas, no encontrarán la sección que les oriente sobre cómo su hijo o hija deben vivir (y no sólo sobrevivir) en una sociedad racista.

Algunos papás optan simplemente por salir del paso con frases como "Todos somos cholos". Otros prefieren pensar que es mejor preservar a sus hijos del conocimiento de realidades tristes. Sin embargo, cuando los niños preguntan, ya han percibido las diferencias racistas tan arraigadas en nuestra sociedad... o quizás ya las han sufrido.

"¡Qué feos se ven esos cholifacios al lado de mi sobrina!", dice una señora en una clínica de San Isidro, ante la vitrina donde se muestran los recién nacidos. En el Perú, desde tierna edad, los rasgos blancos de un niño son motivo de elogio, inclusive delante de hermanos o primos de piel más oscura. Una señora de Pueblo Libre recuerda: "Cuando estoy con mis hijas, mucha gente me dice que la más blanca es preciosa y después preguntan por su hermanita: ¿Ella también es hija de usted?".

Hace unas semanas, Susana Baca recordaba su infancia: "Se siente mucho dolor al descubrir el rechazo que una, simplemente por el color de su piel, generaba a otras personas". Actualmente, para la mayoría de niños peruanos, no es necesario que alguien les diga una frase ofensiva: los medios de comunicación cumplen este papel con eficacia.

Desde los pañales Huggies hasta Vick Vaporub, desde la leche Gloria hasta los helados D'Onofrio, la publicidad solamente muestra niños rubios felices y queridos por sus padres. "De esos catálogos, las imágenes más indignantes son las que muestran niños", dice una profesora de la Universidad de San Marcos, refiriéndose a los encartes de Saga Falabella y Ripley. Los rostros andinos, mestizos o negros de millones de niños peruanos son también excluidos de los capillos de bautizo, las estampas de primera comunión y la "renovada" sección Mi Hogar de El Comercio.

Evidentemente, este bombardeo de imágenes afecta la autoestima de los niños, por lo que se les debe hablar sobre el racismo desde que comienzan a comprender los programas y los comerciales de televisión... sin esperar que la escuela cumpla esta labor: en muy pocos colegios existen planes o políticas para enfrentar este problema.

Inclusive, algunos centros educativos pueden tener prácticas abiertamente racistas. Hace unas semanas, el nido Mi pequeño universo de San Borja, solicitó una profesora que pudiera transmitir valores... y le exigían contar con "excelente presencia". Puede imaginarse qué tipo de valores transmitirá un establecimiento con tales criterios de contratación de personal.

Es importante explicar a todos los niños que el racismo es una conducta irracional, fruto de una mentalidad atrasada, tanto a quienes serán más proclives a ser discriminados, como a quienes podrían resultar futuros discriminadores... y naturalmente a todos los que vivirán la ambigüedad del racismo peruano, pudiendo pasar de discriminadores a discriminados, según el contexto. Con todos conviene conversar respecto a las imágenes publicitarias, especialmente durante las campañas comerciales, cada vez más agresivas.

Promover una autoestima equilibrada permitirá que cada uno se acepte como es. "Si no hubiera sido por mi papá, que nos alentó a no dejarnos vencer, hubiera sido muy difícil salir adelante", recuerda Sofía Carrillo, una periodista negra.

En ocasiones, las concepciones racistas pueden ser transmitidas por algún compañero, que tiene ascendiente sobre los demás. Por ello, es importante estar atento si los niños practican formas de selección racial. "Tuvimos que conversar con él porque descubrimos que sólo quería jugar con amiguitos blancos", declara la administradora de una ONG.

Las expresiones o bromas racistas pueden tener consecuencias nocivas si son escuchadas por niños pequeños. Igualmente, el trato que se brinda a la empleada del hogar, el vigilante o, especialmente, a los niños que venden caramelos o limpian lunas puede generar la percepción de que existen seres "maltratables".

Revertir algunos elementos simbólicos puede ser importante: la tecnología actual permite que en un capillo o la invitación de un cumpleaños aparezca el rostro del propio agasajado y no una imagen rubia ficticia (lo mismo puede decirse para las tarjetas de fiestas de quince años).

Ayudar a los niños a afrontar el racismo no sólo contribuirá a su estabilidad emocional, sino a una tarea pendiente en el Perú: la consecución de una sociedad más justa y humana.

Jhon Lennon

jueves, 7 de junio de 2007

Filosofía ¿para qué?

Filosofía ¿para qué?
Miguel Ángel Irigaray Soto

Parece que ahora se quiere marginar a la filosofía del plan de estudios escolar. Aparentemente, en una sociedad donde prima lo práctico, lo que produce resultados cuantificables de inmediato, esto de la filosofía y, por extensión, de las humanidades, es algo que no sirve absolutamente para nada.

Pero creo que estamos ante un grave error, porque nos estamos perdiendo parte importante en la construcción de la persona.

En este mundo donde sólo lo científico es sagrado, las humanidades y las letras están en crisis: pero, saber, por ejemplo, historia, nos sirve para entender muchas veces el presente o para comprobar que el hombre es ese animal que cae dos y cien veces en la misma piedra (¡cuántos errores del presente podrían evitarse si aprendiéramos de ayer!).

Saber lengua es importante porque, incluso la mejor teoría científica o el acontecimiento más banal, necesitan ser bien expresados, o nadie nos entenderá. El lenguaje es vehículo de comunicación por el que se expresa la intimidad, el pensamiento. Hay que aprender a cuidarlo, hay que aprender a expresarse.

Saber literatura o arte o música también resulta interesante, porque el hombre no es sólo alguien hecho para obtener resultados, sino preparado para el bien y la belleza: en ese sentido, conocer que existe tal o cual pieza artística, tal o cual autor destacado, puede aportarnos, siquiera potencialmente, un placer sublime, una ocasión para deleites profundos.

Sabemos, además, por sentido común, que la persona no es sólo un ser (alguien con derechos, y por eso hablamos de derechos humanos), sino también un deber ser (alguien con deberes, pues vive con otros, a los que debe respetar: de ahí que, desde esa perspectiva, no resulte despreciable el contenido de valores que nos pueden aportar asignaturas como la ética o, incluso, la misma asignatura de religión, que nos habla de compromisos con el otro.

La filosofía, que por definición, por etimología y por esencia, se describe a sí misma como amor a la sabiduría, tiene el objetivo fundamental de enseñarnos a pensar, a discurrir con la cabeza, a formar criterio, a tener espíritu crítico y, por lo tanto, a tener personalidad, a saber discutir con argumentos.

La filosofía es la disciplina que nos ayuda a buscar la verdad con el único concurso de la razón natural; porque la mayoría de las grandes cuestiones (por no decir todas) que preocupan siempre a la humanidad han sido pensadas y abordadas ya por los filósofos: cada uno ha dado su respuesta, ha sido rebatido, defendido o ampliado por otro, y conocer todo esto nos ayuda enormemente a formar nuestras propias ideas y actitudes con lo mejor de los argumentos de unos y de otros.

Prácticamente todas las ideas de uno y otro signo que encontramos hoy en la calle, más escépticas, optimistas, etc., han sido dichas y discutidas también años atrás (o siglos atrás) por los filósofos, de modo que conocerlas todas nos aporta una poderosa arma para la dialéctica, esto es, para saber discutir con precisión e, incluso, para superarlas con nuestro propio pensamiento.

De manera que si usted desea ser un buen retórico o un buen dialéctico, a lo mejor tiene que empezar por ser un poco filósofo, por conocer bien la filosofía.

Saber de filosofía, además, puede ayudar también a tener una peculiar "filosofía" (o sabiduría) de la vida, porque nos ha cautivado el modo de enfocarla que tenía con su pensamiento de fondo tal o cual autor. La filosofía nos da sabiduría y, por ello, puede aportar calma.

Se echa de menos hoy en día personas con personalidad, con criterio propio, con espíritu crítico, que no se dejen influir fácilmente por las opiniones del ambiente, por la moda del momento.

Nos faltan personas admirables, no maleables, que actúen por convicciones serias, profundas, y no por el viento que sopla en cada instante. En buena cuenta queremos actores y no espectadores. A esto ayuda la filosofía. Nos hacen falta, en suma, filósofos, sabios y poetas que nos lideren en la búsqueda de la verdad, del bien, de la belleza, conceptos que parecen estar en crisis dentro de nuestro mundo.

De hecho, alguien ha comentado que nunca como hoy se percibe la conciencia del fin de una época, pues nadie cree en nada, no hay cosas fijas, todo vale y da igual, todo es relativo, hay un profundo escepticismo con una cierta tristeza de fondo que hace que los tiempos actuales sean débiles y vulnerables.

Hemos pasado, dicen, de la llamada modernidad (con su optimismo basado en la fe ciega en el progreso de la ciencia) a la llamada post-modernidad, que tiene un enorme pesimismo de fondo, porque se piensa que no hay verdades absolutas: ni siquiera la ciencia ha colmado todas las expectativas que muchos habían puesto en ella, pues bien saben los científicos que cada respuesta conlleva otras preguntas que hay que resolver, por lo que la ciencia no puede agotar toda la verdad.

Por eso, necesitamos volver de nuevo a las raíces, a la verdadera filosofía, a la verdadera sabiduría, que nos aporte resortes realistas, serios, fuertes, fundados en la persona; que forje nuestro criterio, nuestros valores, nuestra personalidad e, incluso, diría, nuestro optimismo.

Por lo tanto, ¿filosofía para qué? Filosofía para ser persona, filosofía para vivir. No la dejemos de lado.